¿Cuánto cuestan los instrumentos financieros derivados?

Sergio García Quintana

El Empresario

20 de agosto 2015


Una pregunta constante en la mente de los empresarios que están conscientes de su exposición a los riesgos financieros de tipo de cambio, tasas de interés, precios de acciones y mercancías, es: ¿en dónde se contratan y cuánto cuestan los derivados?


Existen dos alternativas de contratación de instrumentos financieros derivados para personas físicas y personas morales. La primera es a través del Mercado Mexicano de Derivados (MEXDER), que es una bolsa especializada en México que permite la compra-venta de instrumentos financieros derivados referenciados a divisas, tasas de interés, acciones e índices accionarios.


Esta alternativa requiere la contratación de un socio operador y/o de un agente liquidador a través de los cuales, se pondrán las órdenes de compra o venta de instrumento financieros derivados. Se requiere una evaluación de riesgo por parte de los socios liquidadores para establecer un monto mínimo de garantía por contrato a operar, del cual se aportaran los márgenes iniciales de garantía (AIMS) y en su caso, un excedente en el margen (EAIMS) por riesgo de crédito.


En operaciones de contratos de futuros se requieren aportaciones tanto del comprador como del vendedor. La Cámara de Compensación (ASIGNA), utiliza diariamente esos márgenes para liquidar las utilidades y descontar las pérdidas a la parte ganadora y perdedora respectivamente.


Por ejemplo por un monto cubierto de 100,000 dólares (aproximadamente un millón 600,000 pesos) serian 10 contratos futuro cada uno por 10,000 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (DEUA) la comisión sería de 2,500.00 pesos y el monto estimado de garantía de 90,000.00 pesos y el monto excedente de 60,500 pesos. Previa liquidación de utilidades y pérdidas de la posición contratada, los intereses generados diariamente a la tasa de mercado, así como la devolución de los montos de garantía, al cierre de la operación.


La segunda alternativa es realizar la operación fuera de mercados reconocidos como una operación entre particulares (Forward USD), las cuales se denominan Over The Counter (OTC ) y se concertan con intermediarios financieros autorizados por Banco de México.


El Banco o Casa de Bolsa autorizada, lleva a cabo una evaluación de riesgo por cada uno de sus clientes de derivados y le asignará un monto a operar y un límite de pérdidas por cada derivado o por el portafolio de derivados autorizados, a partir de las cuales, el cliente deberá cubrir cualquier pérdida excedente en los valores razonables de los derivados vigentes.


No se requiere ningún pago inicial en la fecha de concertación (en el caso de compra de Opciones de USD si paga una prima) y en caso de que no sobrepase el límite autorizado, tampoco se requeriría pago alguno durante la vigencia del derivado. Al vencimiento de la operación, se realizará la liquidación de utilidades o pérdidas, según corresponda al diferencial del precio pactado y el precio de mercado vigente a la fecha de liquidación.


Es recomendable que sean derivados de cobertura y apoyarse en firmas especializadas en servicios de asesoría en administración de riesgos financieros y derivados.


El autor es socio Director GQC



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